COMITÉS CANTONALES DE LA PERSONA JOVEN
LEY #8261
¿QUÉ SON?
Son instancias conformadas en las Municipalidades de cada cantón del país e integradas por siete personas entre los 12 y los 35 años.
¿CUÁL ES NUESTRA MISIÓN?
Nuestra misión es elaborar propuestas locales o nacionales que contribuyan a la construcción de la política nacional bajo los principios, fines y objetivos de la ley general de la persona joven.
¿CUÁL ES NUESTRA VISIÓN?
Crear jóvenes líderes que se hagan escuchar ante una sociedad que cada día exige más y que en un futuro dichos jóvenes sean los llamados a tomar las riendas de nuestro querido Costa Rica.
¿QUIÉNES LO CONFORMAN?
Ø 1 Representante de la Municipalidad, quién lo preside.
Ø 2 Representantes de los colegios del cantón.
Ø 2 Representantes de las organizaciones juveniles cantonales.
Ø 1 Representante de las organizaciones deportivas del cantón.
Ø 1 Representante de las organizaciones religiosas existentes en el cantón.
El no estar involucrado en alguna de las anteriores organizaciones no te limita a colaborar con el comité; tienes toda la libertad de ingresar y apoyar en todos los proyectos.
“Los Jóvenes no son el futuro, son el presente”
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